El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió por 10 votos declarar inconstitucional la prohibición absoluta del aborto en etapas tempranas y reconocer el derecho de las mujeres a decidir sobre este tema.
El proyecto del ministro Luis María Aguilar para el caso de Coahuila, aprobado en el pleno, para despenalizar los artículos que penalizan el aborto en cualquier etapa del embarazo; entre ellos el artículo 196 del Código Penal de Coahuila, que castiga con “uno a tres años de prisión a la mujer que voluntariamente se practique el aborto” y a quienes la ayuden a hacerlo.
En sesión plenaria, la ministra Margarita Ríos Farjat se pronunció a favor de la despenalización del aborto, refiriéndose a la sentencia de la CIDH en el caso Artavia Murillo, que determinó que el producto no puede ser considerado persona.
“Estoy en contra de estigmatizar a quienes toman esta decisión, que me parece difícil y dura por la carga moral y social, pero profundamente individual. Nadie se queda embarazada en el ejercicio de su autonomía y luego aborta. “, señaló Ríos Farjat.
Al discutir el tema por segundo día consecutivo, el ministro presidente Arturo Zaldívar apoyó el dictamen en general, pero se opuso a que el proyecto de ley siga perpetuando el delito de aborto en otros artículos.
“Me parece que mantener el tipo de aborto es una incoherencia mayúscula en un proyecto de ley que pretende derogar precisamente esa criminalización y criminalización de la mujer”, dijo.
También señaló que “el ejercicio de un derecho constitucional no puede ser al mismo tiempo un delito. Eso es jurídicamente incompatible e incomprensible.
La sentencia aprobada versa sobre el recurso de inconstitucionalidad, expediente 148/2017, interpuesto por la entonces Procuraduría General de la República (PGR, hoy FGR), en el que se atacan diversos artículos del Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza, entre ellos el artículo 196.
Con este voto, y como resultado de la reciente reforma judicial, esta decisión ha establecido un criterio que debe ser tomado en cuenta por todos los jueces penales del país acusados del delito de aborto, que sigue vigente en 27 estados de la República.
El Tribunal examinará ahora las leyes de Sinaloa, que también penalizan el aborto. De ambos debates saldrá un criterio que podrá ser utilizado por otras legislaturas del país.