La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró por unanimidad como inconstitucional la ampliación del mandato del presidente del Tribunal Supremo, Arturo Zaldívar, aprobada por la Cámara de Senadores en abril pasado.
El máximo tribunal del país se pronunció de esta manera al considerar que este artículo viola la independencia judicial, por lo que votó a favor del proyecto del ministro Franco González Salas, quien propuso “la presente acción de inconstitucionalidad como procedente y fundada”.
Este recurso fue interpuesto por varios miembros de la Cámara de Senadores y de Diputados de la oposición, quienes demandaron la invalidez del artículo décimo tercero transitorio del decreto por el que se expidió la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el cual amplió de cuatro a seis años el periodo de gestión del ministro presidente y de seis de los consejeros de la Judicatura Federal.
Antes de iniciar la discusión y análisis del asunto, el ministro Zaldívar recordó que previamente había anunciado públicamente que rechazaría esta ampliación del plazo, por lo que dijo estar en condiciones de realizar la sesión y la votación.
“Desde el 6 de agosto manifesté expresa y públicamente que independientemente de lo que hoy se vote, concluiré mi periodo como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 31 de diciembre de 2022, por lo que no existe ninguna razón de interés personal o de cualquier otra índole de mi parte en este asunto, recordó.
Ya en una votación, el Pleno de la Corte sostuvo que dicha prórroga es contraria a los artículos 97 y 100 de la Constitución, “que establecen la forma de designación y los periodos de funciones del presidente de la Suprema Corte y de los consejeros de la Judicatura”.
Fue la ministra Norma Lucía Piña quien llamó más claramente la atención a los diputados del Congreso de la Unión que votaron este artículo de manera acelerada. “Una discusión apresurada y desinformada lastima la calidad democrática de la deliberación en el Congreso“, dijo.
El proyecto original del ministro Franco también señalaba que una virtual aprobación de este artículo representaba una clara violación a la división de poderes, a la autonomía e independencia judicial, así como a la supremacía constitucional.
Con la votación, se determinó que los funcionarios deberán dejar sus cargos correspondientes de acuerdo a los términos originalmente determinados al momento de su nombramiento.
RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️
Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music.