El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aseguró que las cárceles del país “están llenas de pobres” y de “gente inocente a la que se le fabricaron delitos por medio de la tortura”, por lo que, aseguró, se trabaja en una defensoría jurídica para que haya abogados para la gente en todo el país.
Así lo dijo al participar en la conmemoración de los “10 años de la reforma constitucional en materia de derechos humanos y amparo”, donde aseguró que uno de los aspectos “más dolorosos” y donde el país tiene una “deuda terrible” es en materia penal.
“Por eso hago este paréntesis, desde que llegué a la presidencia de la Corte, y ahora con la reforma judicial, vamos a impulsar como nunca, y lo seguiremos haciendo, la defensoría pública para que en cada rincón del país haya abogados del pueblo, que defiendan a la gente más desprotegida, más discriminada, más olvidada”, dijo.
Cuál es el siguiente paso en la evolución de la jurisprudencia mexicana, se preguntó. En mi opinión, acabar con la pobreza y reducir la brecha de desigualdad que nos separa es una responsabilidad impostergable del Estado mexicano, dijo.
“Como Tribunal Constitucional estamos llamados a convertirnos en un factor decisivo de cambio social y a construir una jurisprudencia orientada a satisfacer las necesidades materiales básicas de las personas, particularmente de las que menos tienen y permanecen en un olvido intolerable”, dijo.
Por ello, destacó que, a una década de la reforma en materia de derechos humanos, el Poder Judicial de la Federación (PJF) inició una “nueva etapa de la justicia constitucional con una reforma histórica, la más trascendente de los últimos 25 años, que le permitirá desatar el potencial transformador de la jurisprudencia”.
En materia de derechos humanos en el ámbito penal, destacó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha generado una amplia doctrina sobre los supuestos constitucionales en los que una persona puede ser válidamente detenida, precisando los estándares de detección en casos de flagrancia, casos urgentes y arraigo.
“En cuanto al arraigo, debo decir que su constitucionalidad a la luz del texto vigente de la Constitución ya fue discutida en una ocasión en el Pleno y por una mayoría reducida se consideró que el arraigo es constitucional. Desde entonces, voté que es inconstitucional porque es contrario al bloque de derechos”, precisó.
Por último, destacó que el Tribunal ha establecido implicaciones específicas para la presunción de inocencia. Estas están relacionadas con los requisitos del derecho de defensa, el debido proceso, la asistencia consular, el derecho a poner inmediatamente a los detenidos a disposición del Ministerio Público, la prohibición de la tortura, el derecho a no autoincriminarse y el derecho a interrogar a los testigos de cargo.